En el 2008,durante el gobierno del ex-presidente Leonel Fernandez se promulga la Ley NO.488-08 la cual establece un Régimen Regulatorio para el Desarrollo y Competitividad de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES). Durante su creación nace el Consejo Nacional de Promoción y apoyo a las Micro, Pequeña y Mediana Empresa (PROMIPYMES) que es el responsable de aplicar la Ley No.488-08, también de su control y administración.
La Ley NO.488-08 define:
Microempresa: Unidad económica, formal o informal, que tenga un número de 1 a 15 trabajadores y un activo de hasta RD$3,000,000.00 y que genere ingresos brutos o facturación anual hasta la suma de RD$6,000,000.00.
Pequeña Empresa: Unidad económica, formal o informal, que tenga un número de 16 a 60 trabajadores y un activo de RD$3,000,000.01 a RD$12,000,000.00 y que genere ingresos brutos o facturación anual de RD$6,000,000.01 a RD$40,000,000.00 .
Mediana Empresa: Unidad económica, formal o informal, que tenga un número de 61 a 200 trabajadores y un activo de RD$12,000,000.01 a RD$40,000,000.00 y que genere ingresos brutos o facturación anual de RD$40,000,000.01 a RD$150,000,000.00.
Las MIPYMES tienen que cumplir con los siguientes requisitos para poder disfrutar de los beneficios de la Ley NO.488-08 :
a) Obligaciones tributarias.
b) Formalización (de hecho o derecho).
c) Obligaciones laborales.
Esta ley pretende que:
- Darle una alternativa de crecimiento a las MIPYMES con apoyo del estado y instituciones publicas.
- Que las MIPYMES tengan acceso a los mercados de bienes y servicios y factores del estado.
- Obligar a las instituciones a colaborar con la capacitación de los empresarios en su desarrollo, productividad y promoción.
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