lunes, 22 de agosto de 2016

Conociendo la ley de Emprendimiento, facilidades al Ingreso de Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS)

En este articulo hablaremos de la introducción de las Micro y Pequeñas empresas al sistema dominicano de Seguridad Social:

Según el Articulo 24: Las empresas recién formalizadas por la ventanilla única de formación (formalizate.gob.do) como EIRL o SRL y clasificadas como micro y pequeñas empresas, de acuerdo a la ley numero 488-08, por el ministerio de industria y comercio(MIC), o aquellas micro empresas y personas físicas que se formalicen por esta vía, tendrán un régimen especial de ingreso y cotización al Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) que tendrá una duración de tres años a partir  de la fecha en que se le emita el certificado de registro por la cámara de comercio.

Conclusión. Para tener este régimen especial las empresas tiene que mantener su condición de micro o pequeña empresa,si la pierde durante el transcurso de tres años pasan  bajo la ley No.87-01.

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